Por Rabino Nissan Ben Avraham
La parash? de Mishpatim es una de las que contiene m?s mandamientos en la Tor?: 17 activas y 27 prohibiciones, 44 en total. Casi todos ellos son mandamientos sociales, o relacionados directamente con la sociedad. De aqu? se aprende en el Talmud, en el tratado de Baba Kama, qu? hacer en caso de haber causado da?os a los vecinos: da?os corporales que hace una persona a otra (heridas, etc.), o las propiedades de uno al cuerpo de otra persona (como por ejemplo mordidas de perro, etc.), y a continuaci?n los da?os causados a la propiedad de otra persona, tanto si se los causa la persona misma (robo, etc.) como si la causa su propiedad (un toro que cornea una vaca, etc.).
En cada uno de los casos podemos encontrar unas propiedades especiales que nos permiten construir una escala de valores, como ya hace el mismo Talmud, con las soluciones, las multas, etc., que el Tribunal debe despachar en cada caso.
Derivados del asesinato
La parash? desarrolla al principio, desde el vers?culo 12 del cap?tulo 21 hasta el vers?culo 27 del mismo, las leyes correspondientes al da?o corporal, de persona a persona. En realidad, todos ellos son derivados del asesinato: al comienzo el asesinato est? claro, tanto si es alevoso como si es inintencionado. Luego llegan otros tipos de asesinato, menos claros. Las heridas, cuando hay derramamiento de sangre externo o interno, son tambi?n peque?os asesinatos y cuando quien ha sido herido es uno de los progenitores, este derramamiento de sangre se convierte en grave ofensa.
Lo mismo al privar de su libertad, o al fomentar por medio del insulto o la maldici?n los aspectos negativos de una persona, es un asesinato de su personalidad, que debe ser libre y con los aspectos positivos muy bien desarrollados. Y cuando las heridas son tan graves que el herido debe ser atendido, el agresor ser? detenido hasta que podamos saber si merece el castigo grave o no. Incluso los esclavos, que antiguamente ten?an valor de meros objetos, en el pueblo de Israel eran considerados como personas humanas a quienes no se puede maltratar y se les infiere una herida o un defecto que no tiene cura deber?n ser liberados inmediatamente.
A partir del vers?culo 28 y hasta el vers?culo 12 del cap?tulo 22, est?n el resto de los da?os, o sea, cuando una persona da?a a una propiedad, una propiedad a una persona, o una propiedad a otra. Read more